2026 reglamento de bares y locales, actualización de la administración

Es la primera vez que tenemos una aclaración oficial, ¡y eso es estupendo! Como suelo decir, hasta que la directiva de la UE se publica en el Diario Oficial, generalmente el 1 de febrero del año en curso, se aplica la normativa del año anterior.

Tras la reciente reunión del Comité de TAC y Cuotas de la Unión Europea, ha circulado mucha información sobre posibles cambios en la normativa que regula la pesca recreativa, en particular la de la lubina y el abadejo. Para evitar cualquier confusión, conviene hacer balance de las normas que se aplican actualmente.

No hay nuevos reglamentos europeos aplicables en esta fase. Todavía no se ha publicado el reglamento de TAC y cuotas para 2026. Por consiguiente, no pueden aplicarse nuevas disposiciones y los pescadores deben seguir remitiéndose a los textos en vigor.

Normativa vigente al norte del paralelo 48?

Lubina (Dicentrarchus labrax)

Del 1 de febrero al 31 de marzo

? Prohibición de captura

? Solo se autoriza la pesca sin muerte (caña o línea de mano)

Del 1 de enero al 31 de enero y del 1 de abril al 31 de diciembre

? 2 ejemplares máximo por pescador y día

Abadejo (Pollachius pollachius)

X Prohibida la pesca sin muerte

Del 1 de enero al 30 de abril

? Pesca prohibida

Del 1 de mayo al 31 de diciembre

? Un máximo de 2 ejemplares por pescador y día.

Recordatorio importante

Los debates y anuncios relativos al Comité de TAC y Cuotas no constituyen reglamentos aplicables hasta que se haya publicado un texto oficial. Para garantizar que su pesca recreativa se ajusta a la normativa, le recomendamos que :

  • se refieren únicamente a la normativa oficial;
  • respetar los periodos de captura y los límites vigentes;
  • ignorar la información no verificada o prematura.
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